Derivación directa de aportes y contribuciones para trabajadores en relación de dependencia, del Servicio Doméstico y Monotributistas.
Se dispone la derivación directa de los aportes y contribuciones de trabajadores en relación de dependencia, del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico, así como de las cotizaciones de beneficiarios del Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes, hacia las entidades contratadas por estos últimos mediante el procedimiento de derivación de aportes.
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