Impuestos Nacionales
Análisis 86455/2026
15/07/2026
El artículo analiza las restricciones aplicables a la deducción de amortizaciones y gastos vinculados con automóviles en el Impuesto a las Ganancias, cuyos límites legales permanecen fijados en $20.000 para el valor de adquisición, $4.000 para la amortización anual y $7.200 para los gastos de mantenimiento por unidad. A partir de la delimitación del concepto de “automóvil”, se examina el tratamiento de camionetas, utilitarios, camiones y motovehículos, así como las excepciones previstas para aquellos casos en los que el vehículo constituye el objeto principal de la actividad gravada. Asimismo, se sistematizan los criterios establecidos por la Corte Suprema en materia de viajantes de comercio, agentes de propaganda médica y actividades que utilizan vehículos de manera intensiva, diferenciando entre el automóvil como fuente directa de la renta y su utilización como simple herramienta operativa. Finalmente, se analiza el precedente “Roemmers”, que declaró irrazonable la aplicación de parámetros nominales desactualizados frente al proceso inflacionario, y se destaca la relevancia de la prueba contable, la trazabilidad mediante GPS y la correcta clasificación de la flota para sustentar la deducción de los gastos y reducir contingencias fiscales.
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