CABA: suba del umbral de operaciones reiteradas para el régimen general de recaudación de Ingresos Brutos.
La AGIP modificó el criterio para considerar configuradas las operaciones reiteradas dentro del Régimen General de Agentes de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. A partir de esta modificación, las operaciones se considerarán reiteradas cuando, en forma conjunta, superen 25 operaciones mensuales y excedan un monto total mensual de $100.000. La medida resulta aplicable desde el 1 de mayo de 2026.
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