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Procedimiento. Juicios de ejecución fiscal. Pautas de gestión a considerar por los representantes del Fisco y los agentes fiscales. Disp. (AFIP) 276/2008. Su sustitución.
Se establece que en materia de ejecuciones fiscales, las secciones u oficinas de Recaudación y de Cobranza Judicial, pertenecientes a las agencias o distritos de las Direcciones Regionales de las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas Metropolitanas y Operaciones Impositivas del Interior, y a la totalidad de las áreas del Departamento Gestión de Cobro de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes Nacionales de la Dirección General Impositiva, así como los representantes del Fisco y los agentes fiscales de esta Administración Federal, deberán considerar las pautas contenidas en la presente, en sustitución de las previstas en los puntos 1. a 7. y 9. a 12. del Anexo I de la Disposición N° 276 (AFIP) del 26 de junio de 2008, sus modificatorias y su complementaria.
Leer más →Procedimiento. Comercio exterior. Reingeniería de declaraciones aduaneras sumarias. Información anticipada. Manifiesto de Carga de Importación (MANI SIM) y Manifiesto de Desconsolidación SIM para la vía acuática. Res. Gral. (AFIP) 4278 y su modificatoria. Su sustitución.
Se establecen los procedimientos relativos a: a) La transmisión anticipada de la información relativa a los medios de transporte, incluso los que arriben vacíos, y a la totalidad de las mercaderías transportadas, cualquiera sea su país de destino, así como, sus consignatarios/as, siempre que arriben al territorio nacional por la vía acuática para su descarga o en tránsito con permanencia a bordo; b) La transmisión de la información anticipada de las mercaderías y consignatarios/as de las mismas, amparadas por documentos de transporte hijos/nietos/bisnietos; c) El recupero de la información anticipada y la generación de los Manifiestos de Carga de Importación (MANI SIM); d) El recupero de la información anticipada y la generación de los Manifiestos de Desconsolidación SIM; e) La generación del compendio referente a la información anticipada transmitida.
Leer más →Procedimiento. Servicio Presentaciones Digitales. Utilización obligatoria hasta el 30 de septiembre de 2020.
Leer más →Procedimiento. Sistema Registral. Registro Tributario. Suspensión del registro obligatorio de datos biométricos hasta el 31 de agosto de 2020.
Leer más →Procedimiento. Comercio exterior. Programa “Operador Económico Autorizado” (OEA). Res. Gral. (AFIP) 4451. Su sustitución.
Se sustituye la normativa vigente estableciéndose que serán admitidos/as dentro del programa “Operador Económico Autorizado” (OEA), aquellos/as operadores/as del comercio exterior e integrantes de la cadena de suministro internacional que cumplan con sus obligaciones aduaneras, impositivas y de los recursos de la seguridad social y, a criterio de la Dirección General de Aduanas, obtengan niveles aptos de riesgo aduanero -conforme lo establecido en la presente-, cuenten, en su operatoria, con un sistema de capacitación e implementación de medidas de seguridad en lo referente a las mercaderías y alcancen integridad en su cadena logística.
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