Cobro de sueldos: ¿Es posible percibir la remuneración a través de billeteras virtuales?
Los trabajadores no pueden exigir el cobro de su salario en billeteras virtuales, ya que este medio de pago no está contemplado por la normativa laboral vigente. Aunque el DNU 70/2023 propuso autorizarlo modificando el artículo 124 de la Ley de Contrato de Trabajo, la justicia declaró inconstitucional esa reforma. Por lo tanto, siguen siendo válidos únicamente los pagos en efectivo, cheque o acreditación en cuenta sueldo bancaria. Las billeteras digitales, como medios fintech, aún no están habilitadas para el depósito de remuneraciones.
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