Impuestos Nacionales
Consulta 76147/2025
11/11/2025
Si una constructora vende un local que fue alquilado durante 12 meses, la operación no está alcanzada por el IVA, ya que el inmueble se considera usado. Según el art. 5° del Decreto Reglamentario de la Ley de IVA, el impuesto solo aplica a inmuebles nuevos vendidos dentro de los tres años de terminada la obra y sin haber sido utilizados ni alquilados. Al haber estado destinado a locación, se pierde esa condición. No obstante, la ganancia obtenida integra la renta de tercera categoría y tributa en el Impuesto a las Ganancias conforme al régimen general.
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