Factura de Crédito: 21 días hasta octubre de 2027
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Factura de Crédito Electrónica: prorrogan hasta octubre de 2027 el plazo de 21 días

Desde noviembre se mantiene por un año el plazo de 21 días. También continúa la exclusión de ciertos comprobantes cedidos antes de su aceptación.

Redacción BDC29/10/2026
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Factura de Crédito Electrónica: prorrogan hasta octubre de 2027 el plazo de 21 días

Las empresas seguirán contando con 21 días corridos para cancelar, aceptar o rechazar las Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs hasta el 31 de octubre de 2027. La extensión comienza el 1 de noviembre de 2026 y evita que, al terminar el período vigente, se vuelva a los plazos legales más breves.

La Resolución SICYPYME 424/2026, publicada el 29 de octubre, mantiene el tratamiento excepcional del régimen de la Ley 27.440. La prórroga comprende los plazos de sus artículos 4, 5 y 6, así como el rechazo y su inscripción en el registro previstos en el artículo 8.

Para la gestión de cobranzas y cuentas a pagar, el dato central es la continuidad del plazo de 21 días, sin una reducción desde noviembre. La resolución anterior había mantenido ese esquema hasta el 31 de octubre de 2026; la nueva medida lo extiende durante un año.

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También continúa hasta el 31 de octubre de 2027 la exclusión de determinados comprobantes cedidos. Se trata de facturas o recibos emitidos por una MiPyME a una empresa grande que sean cedidos en los términos del artículo 1618 del Código Civil y Comercial antes de ser cancelados, rechazados o aceptados, expresa o tácitamente, por su destinataria.

La exclusión depende de esa cesión y de su oportunidad: no alcanza por sí sola a cualquier factura emitida a una empresa grande. Para los comprobantes que permanecen en el régimen, se conservan las restantes obligaciones de emisión, registración y gestión de la Factura de Crédito Electrónica.

La decisión se apoya en las dificultades operativas planteadas para procesar los comprobantes en los plazos de 15 y 10 días previstos legalmente y en la necesidad de adecuar los sistemas de las empresas receptoras. La resolución entra en vigencia el 1 de noviembre.

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