La Comisión Nacional de Valores (CNV) reemplazó la matriz de compatibilidades entre sujetos registrados para corregir el patrimonio mínimo de los agentes de liquidación y compensación integral agroindustrial y aclarar exigencias patrimoniales y de liquidez. La nueva versión rige desde el 23 de septiembre de 2026.
La Resolución General 1168/2026, publicada hoy en el Boletín Oficial, sustituye el artículo 6° de la RG 1165/2026 y el anexo que contiene la matriz. La CNV explicó que la revisión responde a un importe consignado involuntariamente de manera incorrecta y a la necesidad de precisar referencias para facilitar su aplicación.
La medida se dirige a agentes y otros sujetos bajo supervisión del organismo que deben identificar qué actividades pueden desarrollar simultáneamente y qué requisitos corresponden a cada combinación. No crea nuevas categorías ni amplía por sí misma las habilitaciones existentes.
Qué se corrigió y cómo quedan los requisitos
Para la categoría ALyC I AGRO, el nuevo anexo consigna un Patrimonio Neto Mínimo Total (PNMT) de UVA 1.175.000. La Contrapartida Líquida Mínima Total (CLMT) equivale al 40% de ese valor, es decir, UVA 470.000. Los importes están expresados en UVA, no en pesos.
La resolución también reescribe referencias de agentes comprendidos en el Título V de las Normas CNV. El anexo explicita los valores para sociedades gerentes y depositarias de fondos comunes de inversión, agentes de colocación y distribución y fiduciarios financieros, tanto individualmente como en las combinaciones compatibles.
Entre las precisiones, para una sociedad gerente de FCI se indica un PNMT de UVA 150.000, más UVA 20.000 por cada fondo adicional administrado, y una CLMT de UVA 75.000, más UVA 10.000 por cada fondo adicional.
El incremento asociado a los fondos adicionales debe computarse desde el lanzamiento de los FCI abiertos y desde la colocación de los FCI cerrados. Esa aclaración integra las reglas generales del anexo revisado.
Para un agente de colocación y distribución de FCI (ACD FCI), la referencia individual consigna UVA 17.000 de patrimonio y no exige contrapartida líquida. Para un agente de colocación y distribución integral (ACDI FCI), los valores son UVA 170.000 y UVA 85.000, respectivamente.
Las excepciones también se detallan. Para las sociedades depositarias, que deben ser entidades financieras, la matriz señala que no se exige PNMT ni CLMT por encima de lo requerido por el BCRA. En las inscripciones combinadas deben observarse las aclaraciones particulares: no corresponde trasladar esa excepción a cualquier agente o actividad.
Cómo consultar la matriz y sus límites
Como regla general, cuando un agente se encuentra inscripto simultáneamente en varias categorías, el PNMT se calcula tomando el patrimonio mínimo de mayor monto más el 50% de cada uno de los restantes. El anexo exceptúa de ese criterio a la combinación de Agente Depositario Central de Valores Negociables y Fiduciario Financiero, que tiene su tratamiento específico.
Para la CLMT, la regla general consiste en sumar las exigencias mínimas de liquidez de cada categoría. La propia matriz identifica los supuestos sin exigencia de liquidez y los casos en los que no corresponde incorporar un requisito adicional.
La nueva versión reúne el cuadro de compatibilidades, un glosario de acrónimos, reglas de lectura y 44 referencias detalladas. Cada referencia identifica categorías, importes, condiciones y las disposiciones principales que deben consultarse.
La CNV remarca que el cuadro es una herramienta de sistematización: no sustituye la revisión de la normativa aplicable a cada categoría, ni altera su naturaleza, alcance o régimen jurídico. Una combinación reflejada en la matriz debe leerse con sus condiciones particulares y con el resto de las Normas CNV.
El cambio entra en vigencia el mismo día de su publicación. Para verificar requisitos desde el 23 de septiembre corresponde utilizar el nuevo anexo, sin confundirlo con la versión originalmente incorporada por la RG 1165.



