ARCA: pequeños contribuyentes, caracterización el 23 de octubre
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Planes de pago: ARCA posterga a octubre la caracterización de pequeños contribuyentes

El proceso se realizará el 23 de octubre, después del vencimiento prorrogado de Ganancias 2025. La medida alcanza a la clasificación para el régimen permanente.

Redacción BDC29/09/2026
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Planes de pago: ARCA posterga a octubre la caracterización de pequeños contribuyentes

ARCA realizará el 23 de octubre de 2026 el proceso automático de caracterización como “Pequeño Contribuyente” para el régimen permanente de planes de pago. La ejecución estaba prevista para septiembre y se posterga, por única vez para este año, para contar con la información de las declaraciones juradas de Ganancias 2025.

La medida fue dispuesta por la Resolución General (ARCA) 5902/2026, publicada el 29 de septiembre y vigente desde ese día. El cambio se vincula con la prórroga hasta el 13 de octubre de 2026 del plazo de presentación de Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas comprendidas en la RG 5692.

Por qué se modifica la fecha

El régimen permanente, regulado por la Resolución General 5321, contempla distintas condiciones de adhesión según el tipo de contribuyente. Para identificar a los pequeños contribuyentes, ARCA realiza un proceso sistémico que toma, entre otros datos, la declaración jurada de Ganancias del período fiscal anterior.

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La regla general prevé ese proceso para el anteúltimo día hábil de septiembre de cada año. Como el vencimiento de Ganancias 2025 fue extendido más allá de ese mes, la nueva resolución desplaza la evaluación hasta el 23 de octubre.

La RG 5898/2026 es la norma que prorrogó la presentación de Ganancias hasta el 13 de octubre. La RG 5902 no vuelve a modificar ese vencimiento: cambia la fecha en que se realizará la caracterización para los planes.

A quiénes alcanza y qué conviene revisar

La categoría comprende a las personas humanas y sucesiones indivisas que cumplen los requisitos del artículo 4°, inciso a), del régimen y figuran en el Sistema Registral con el código “547 – Pequeño Contribuyente” al momento de adherir al plan. No equivale, por sí sola, a estar inscripto en el Monotributo.

La evaluación considera condiciones de ingresos y, cuando corresponde, de patrimonio, además de la presentación de las declaraciones juradas exigidas y la situación de la CUIT. Por eso, la nueva fecha no implica que todos los sujetos queden automáticamente incluidos ni modifica los requisitos para obtener la caracterización.

Para quienes preparan una adhesión, resulta relevante revisar la condición registrada y el cumplimiento de las presentaciones que integran la evaluación. La RG 5321 contempla que quienes no resulten caracterizados y consideren reunir los requisitos puedan acreditar su condición mediante Presentaciones Digitales, seleccionando el trámite “Pequeños Contribuyentes – Caracterización RG N° 5.321” y adjuntando el respaldo pertinente.

La postergación se limita al proceso de caracterización de 2026. No establece una prórroga del pago de cuotas de planes vigentes ni modifica las condiciones financieras del régimen permanente.

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