Cupo 2027 para importar autos eléctricos e híbridos al 0%
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Abren el cupo 2027 para importar 50.000 vehículos electrificados con arancel cero

Las empresas pueden solicitar el cupo por TAD hasta el 17 de noviembre a las 23:59. Hay 2.500 unidades reservadas para nuevos importadores que inviertan en infraestructura de carga.

Redacción BDC06/11/2026
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Abren el cupo 2027 para importar 50.000 vehículos electrificados con arancel cero

Las empresas pueden solicitar el cupo por TAD hasta el 17 de noviembre a las 23:59. Hay 2.500 unidades reservadas para nuevos importadores que inviertan en infraestructura de carga.

La Dirección Nacional de Gestión de Política Industrial convocó a las empresas interesadas en importar 50.000 vehículos con motorización alternativa durante 2027 con una alícuota del 0% en el Derecho de Importación Extrazona. La Disposición (DNGPI) 451/2026 rige desde el 7 de noviembre. Las solicitudes se reciben hasta las 23:59 del 17 de noviembre de 2026, según su artículo 8.

Pueden participar las personas jurídicas que comercializarán los vehículos alcanzados por el Decreto 49/2025. Los valores FOB máximos son de US$ 16.000, US$ 18.000 o US$ 35.000 por unidad, según la posición arancelaria que indica el anexo del Decreto 1128/2026.

Cómo se distribuye el cupo

La convocatoria divide inicialmente el cupo en partes iguales entre las terminales radicadas en el país y la categoría que agrupa al resto de los solicitantes. Si sobran unidades en una categoría, pueden asignarse a la otra. El artículo 4 reserva el 20% de la segunda categoría para nuevos importadores. Dentro de ese porcentaje, 2.500 vehículos corresponden a quienes se comprometan a invertir en infraestructura de carga. Para los nuevos importadores, el pedido mínimo es de 500 unidades y el máximo que puede asignarse a cada solicitante es de 2.500.

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Para acceder a la reserva, el artículo 5 exige un plan con un cronograma y un mínimo de 20 puntos de carga. Si la demanda supera las 2.500 unidades reservadas, la asignación se calcula en proporción a la cantidad de cargadores comprometidos por cada solicitante. La infraestructura debe estar instalada y en funcionamiento a más tardar el 31 de enero de 2028. El beneficiario debe acreditarlo con un informe firmado por un ingeniero con incumbencia y matrícula vigente.

Los beneficiarios de la reserva deben constituir, al oficializar cada importación, una garantía equivalente al beneficio arancelario por unidad, según el artículo 6.

Solicitud por Trámites a Distancia

La presentación se realiza exclusivamente en el trámite específico de TAD mediante un usuario facultado y apoderado. El artículo 7 indica el formulario, las planillas anexas y la documentación que corresponde acompañar. Quienes reciban cupo podrán renunciar total o parcialmente sin penalidad hasta el 31 de enero de 2027, conforme al artículo 10.

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