ARCA: reforma de sistemas y atención con financiamiento del BID
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ARCA: aprueban financiamiento del BID para modernizar sistemas y la atención al contribuyente

El programa prevé un nuevo portal, atención omnicanal y gestión integrada de riesgos. El decreto autoriza el financiamiento, sin crear nuevas obligaciones tributarias.

Redacción BDC28/09/2026
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ARCA: aprueban financiamiento del BID para modernizar sistemas y la atención al contribuyente

El Gobierno aprobó los instrumentos de financiamiento del BID para una reforma de la administración tributaria federal que incluye modernización de sistemas de ARCA, gestión de riesgos de incumplimiento y cambios en la atención al contribuyente. El programa prevé un nuevo portal web, canales integrados de asistencia y herramientas para medir el costo de cumplir con los impuestos para las PyMEs.

La medida se instrumentó mediante el Decreto (PEN) 1115/2026, publicado el 28 de septiembre de 2026. Aprueba el modelo de una línea de crédito condicional de hasta USD 600 millones y el modelo de un primer préstamo individual de hasta USD 100 millones. No se trata de un desembolso inmediato por el total de la línea: su utilización requiere operaciones individuales y el cumplimiento de las condiciones previstas en los acuerdos.

El objetivo declarado es mejorar la efectividad, eficiencia y transparencia de la gestión de los ingresos públicos. La Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía tendrá la coordinación administrativa y fiduciaria, mientras que ARCA será el organismo técnico encargado de definir y validar los contenidos de la reforma.

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Qué cambios prevé el programa para ARCA y los contribuyentes

El primer componente apunta a la gobernanza y capacidad institucional. Incluye rediseñar los principales procesos tributarios, fortalecer la capacitación y reconversión de recursos humanos, mejorar la publicación de indicadores de gestión y formular una propuesta de estructura organizacional alineada con una nueva gestión de los datos.

En materia de control, el programa financiará un modelo integrado de gestión del riesgo de cumplimiento tributario, soluciones de visualización y tableros de riesgo en tiempo real. También contempla un modelo de atención al contribuyente vinculado con esa gestión de riesgos. Son herramientas previstas para fortalecer la administración de los ingresos, no una nueva presunción fiscal ni un régimen sancionatorio creado por este decreto.

El tercer componente se concentra en la experiencia del contribuyente. Prevé un nuevo centro de contacto y un sistema de gestión de relaciones con los contribuyentes —denominado TRM— integrado y omnicanal, para coordinar la atención a través de distintos canales.

También se financiarán educación tributaria, comunicación y una metodología de mejora continua del servicio. Para las pequeñas y medianas empresas se prevé específicamente un piloto de medición del costo de cumplimiento tributario. Esto permitirá relevar ese costo; el documento no establece una reducción automática de cargas ni un beneficio impositivo por participar.

Otra iniciativa es el desarrollo de un nuevo portal web con herramientas de accesibilidad, junto con mejoras destinadas a poblaciones remotas o vulnerables y a contribuyentes con discapacidad.

La modernización digital comprende una nueva arquitectura tecnológica basada en microservicios, actualización o reemplazo de sistemas antiguos, infraestructura, continuidad operativa y ciberresiliencia. Se incluyen herramientas para la gobernanza de datos y una plataforma de analítica avanzada para la Secretaría de Hacienda.

El plan de financiamiento de la primera operación distribuye los recursos de la siguiente manera:

Destino Financiamiento del BID (USD)
Gobernanza y capacidad institucional 11.000.000
Gestión integral de riesgos 5.000.000
Transformación de la experiencia del contribuyente 10.500.000
Modernización digital 61.125.000
Administración del programa y contingencias 12.375.000
Total 100.000.000

Cómo se financiará y qué efectos tiene desde ahora

La línea condicional podrá utilizarse durante diez años desde la entrada en vigencia del acuerdo. Cada operación individual requiere una solicitud de financiamiento y aprobación del BID. El modelo aclara que la línea no obliga al Banco a financiar cada operación ni a la Argentina a solicitar la totalidad de los recursos.

El primer préstamo tiene un plazo original de desembolsos de cuatro años desde la vigencia de su contrato y una fecha final de amortización a los 25 años de su suscripción. Estos plazos contractuales no comienzan simplemente por la publicación del decreto.

Antes del primer desembolso deberán cumplirse condiciones específicas, además de las generales del contrato: aprobar y poner en vigencia el Reglamento Operativo del Programa, designar a los responsables de coordinación, adquisiciones y finanzas, y suscribir el convenio marco con ARCA que defina la coordinación y el comité de gobernanza.

El decreto autoriza a las autoridades competentes a firmar los instrumentos. Las modificaciones posteriores no podrán cambiar sustancialmente el objeto o destino de los fondos, incrementar los montos ni alterar el procedimiento arbitral pactado.

Para los contribuyentes, la publicación no implica una nueva declaración jurada, un aumento de alícuotas ni un cambio inmediato en la forma de pagar impuestos. La medida habilita el financiamiento de un programa institucional y tecnológico. La puesta en funcionamiento de las herramientas previstas dependerá de su ejecución; la norma no fija una fecha de lanzamiento del nuevo portal o de los canales de atención.

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