SUMARIO (CSJN) 166491/2024
TASAS – TURISMO – TASA MUNICIPAL – IMPUESTO – INTERPRETACION DE LA LEY
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Formato: Sumario oficial
SUMARIO OFICIAL
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La denominada ecotasa establecida por la ordenanza fiscal 2374 CM 12 de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche no es un impuesto, pues el empleo, en el artículo 363 de la norma citada, del término contraprestación seguido de los servicios allí descriptos indica que la intención del legislador fue retribuir la realización de esas actividades mediante la creación de la ecotasa, exhibiendo así la vinculación directa entre hecho imponible -desarrollo de una actividad estatal que atañe al obligado- y una obligación tributaria extraña a la especie impositiva.
-Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-
ANÁLISIS
Tribunal: Corte Suprema de Justicia de la Nación
Identificador oficial: 166491
Fecha del fallo: 02/07/2024
Carátula: CANTALUPPI, SANTIAGO Y OTRO s/accion de inconstitucionalidad
Expediente: CSJ 002808/2021/RH001
Cita: Fallos: 347:653
Fuente: Secretaría de Jurisprudencia de la CSJN
Fallo completo: Consultar el fallo completo publicado en bdc
