ARCA extendió hasta el 30 de diciembre de 2026 la adhesión a dos regímenes especiales de facilidades de pago: el destinado al sector salud y el previsto para MiPyMEs, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro. La medida fue dispuesta por la Resolución General 5920/2026, publicada el 30 de octubre.
Ambos plazos finalizaban el 30 de octubre. Con la nueva resolución, los sujetos alcanzados cuentan con dos meses adicionales para solicitar el acogimiento, bajo las condiciones de cada régimen.
En el caso del sector salud, la modificación recae sobre el artículo 9 de la RG 5858. Ese régimen comprende a contribuyentes del sector, incluidos los establecimientos con internación alcanzados por el marco legal citado en la norma, y permite regularizar obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social.
La segunda extensión corresponde al artículo 9 de la RG 5875, que regula el plan especial para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro.
La RG 5920 cambia el plazo para adherirse, no las restantes condiciones de los planes. Para evaluar el acogimiento deben conservarse las reglas propias de cada régimen sobre sujetos, obligaciones, exclusiones y financiación.
El organismo señaló que subsisten las circunstancias que motivaron la creación de ambos planes y justificó la prórroga en la continuidad de esas medidas. La resolución entra en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
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