La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) publicó los valores vigentes a partir de febrero de 2026 del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Recordamos que los montos del régimen simplificado se actualizan conforme el mecanismo incorporado por el artículo 101 de la Ley 15.558 (Ley Impositiva 2026), que añadió el artículo 227 duodecies al Código Fiscal bonaerense (Ley 10.397, t.o. 2011).
La regla general establece que los contribuyentes deben ingresar los importes fijos mensuales vigentes a diciembre del año inmediato anterior. A partir de esa base, la norma habilita a ARBA a incrementar dichos importes mediante dos vías alternativas y excluyentes.
Por un lado, ARBA puede replicar los incrementos que disponga la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) sobre el impuesto integrado del Monotributo, en ejercicio de las facultades del artículo 52 del Anexo de la Ley 24.977. En este supuesto, los nuevos valores del régimen simplificado provincial rigen desde el mismo período en que resultan aplicables los incrementos del Monotributo nacional.
Alternativamente, ARBA puede disponer incrementos propios, con el límite de no exceder el resultado de aplicar la variación acumulada del IPC desde la última actualización de los importes fijos. El índice de referencia es el Nivel General del Índice de Precios al Consumidor elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) o el organismo que en el futuro asuma esa función.
En cualquiera de ambos supuestos, la norma exige que el porcentaje de incremento, los nuevos valores y la fecha de vigencia se publiquen en el sitio oficial de ARBA. Dicha publicación es condición suficiente para la aplicabilidad de los nuevos importes, sin requerirse actos administrativos adicionales.
Montos a partir de Febrero 2026
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Categoría |
Locaciones y/o Prestaciones de Servicios |
Venta de Cosas Muebles |
|---|---|---|
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A |
$ 9.845 |
$ 8.565 |
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B |
$ 16.020 |
$ 13.930 |
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C |
$ 25.040 |
$ 21.780 |
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D |
$ 34.820 |
$ 30.280 |
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E |
$ 46.085 |
$ 40.070 |
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F |
$ 65.255 |
$ 56.740 |
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G |
$ 88.570 |
$ 77.025 |
|
H |
$ 153.200 |
$ 133.220 |
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I |
$ 196.345 |
$ 170.740 |
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J |
$ 258.580 |
$ 224.850 |
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K |
$ 360.090 |
$ 313.120 |




