Sumario oficial CSJN N.º 153675 — Impuesto a las ganancias
IMPUESTO A LAS GANANCIAS – BONO DE CONSOLIDACION DE DEUDAS – PESIFICACION – EXENCION IMPOSITIVA
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Formato: Sumario oficial
SUMARIO OFICIAL
Las diferencias de cambio abonadas mediante la entrega de bonos de consolidación en moneda nacional Cuarta Serie 2% no se hallan exentas del impuesto a las ganancias, pues, aun cuando por vía de hipótesis se considere que tales conceptos configuran “un ajuste de capital” en los términos del punto 4 del primer párrafo del art. 36 bis de la ley 23.576, lo cierto es que la actora no ha acreditado que las diferencias de cambio hayan sido creadas y se encuentren documentadas en los títulos que instrumentaron los bonos de consolidación, al margen de que los expresados en dólares estadounidenses nunca fueron entregados sino, por el contrario, las mentadas diferencias de cambio tienen origen en la pesificación de la deuda originalmente consolidada en dólares estadounidenses según lo establecido por el art. 10 de la ley 25.565, el art. 1 del decreto 1873/2002 y el art. 5, inc. a –ap. I- de la resolución 638/2002 del Ministerio de Economía.
ANÁLISIS
Tribunal: Corte Suprema de Justicia de la Nación
Identificador oficial: 153675
Fecha del fallo: 25/02/2021
Carátula: MONTERO, ABELARDO c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO *
Expediente: CAF 023444/2015/CS001
Cita: Fallos: 344:140
Fuente: Secretaría de Jurisprudencia de la CSJN
Fallo completo: Consultar el fallo completo publicado en bdc
