Formación laboral: nuevas sedes y reglas de Capital Humano
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Capital Humano amplía su programa de formación laboral con sedes en CABA y Mar del Plata

El programa incorpora nuevos lineamientos, habilita la apertura de más centros y fija un informe anual de resultados. Qué formación prevé y dónde funcionará.

Redacción BDC06/10/2026
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Capital Humano amplía su programa de formación laboral con sedes en CABA y Mar del Plata

El Ministerio de Capital Humano actualizó los lineamientos de su programa de formación laboral, estableció sedes en CABA y Mar del Plata y habilitó la incorporación de nuevos centros. La medida busca ampliar la capacitación de jóvenes y adultos mediante la articulación con empresas, cámaras empresariales y organismos públicos.

Los cambios fueron aprobados por la Resolución (MCH) 380/2026, publicada el 6 de octubre de 2026, que modifica los artículos 1 y 5 de la Resolución 1105/2025 y aprueba el anexo que regirá el funcionamiento del Programa Centro de Formación Capital Humano.

Dónde funcionarán los centros

El nuevo anexo identifica dos sedes para desarrollar las actividades:

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  • CABA: Mariano Felipe Paz Soldán 5200, Predio Bogado Garrigós.
  • Mar del Plata: avenida Río Negro 3470, intersección con la costa y avenida Félix U. Camet, Espacio Unzué.

La Unidad de Gabinete de Asesores, como Autoridad de Aplicación, puede establecer nuevas sedes. También queda facultada para suscribir los convenios necesarios para la operatividad del programa y los instrumentos destinados a ampliar los centros.

Qué capacitación prevé y a quiénes apunta

El programa está orientado a mejorar la empleabilidad y favorecer la inclusión laboral formal de jóvenes y adultos. Su propuesta abarca tanto oficios tradicionales como competencias vinculadas con la automatización, la digitalización, las energías renovables y la industria 4.0.

La formación se organizará en trayectos modulares y flexibles, con acreditaciones progresivas y aprendizaje basado en proyectos técnico-tecnológicos. Combinará instancias presenciales, virtuales y prácticas en entornos reales de trabajo, e incorporará habilidades blandas como el trabajo en equipo, la comunicación y la adaptación a contextos cambiantes.

La oferta deberá actualizarse según las demandas del mercado laboral y articular con las necesidades de pymes, grandes empresas e instituciones tecnológicas. Las experiencias prácticas procurarán preparar a los participantes para una eventual incorporación a empresas o para prestar servicios de manera independiente, además de favorecer la reconversión laboral de trabajadores.

Gestión y evaluación del programa

La coordinación general continuará a cargo de la Unidad de Gabinete de Asesores, asistida por un Comité Ejecutivo de al menos tres representantes del Ministerio, con desempeño ad honorem. Su integración inicial comprende las áreas de Educación, Trabajo y Niñez, Adolescencia y Familia, y podrá modificarse o ampliarse según las necesidades de implementación.

La Autoridad de Aplicación deberá elaborar un informe anual de avances y resultados dentro de los primeros tres meses de cada año calendario. Este plazo queda expresamente incorporado al esquema de evaluación y seguimiento.

Qué no define esta resolución

La norma establece la organización y los lineamientos del programa, pero no detalla un calendario de cursos, cupos, requisitos particulares de inscripción ni una convocatoria de admisión. Tampoco garantiza la contratación de quienes participen: plantea objetivos de capacitación y mejora de la empleabilidad.

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