El Ministerio de Economía aprobó la adhesión al RIGI del proyecto Los Toldos II Este, en Neuquén, como Proyecto de Exportación Estratégica de Largo Plazo. El desarrollo contempla nuevos pozos no convencionales, infraestructura de tratamiento y transporte, y la exportación y comercialización de hidrocarburos.
La decisión fue formalizada mediante la Resolución (ME) 1771/2026, publicada este 9 de octubre. El vehículo titular es la unión transitoria conformada por Tecpetrol y Gas y Petróleo del Neuquén, denominada UT RIGI Los Toldos. La norma fija el 9 de septiembre de 2026 como fecha de adhesión.
El proyecto se localiza en el departamento Pehuenches, sobre un área de 78 kilómetros cuadrados. Según el plan descripto en los considerandos, prevé el desarrollo de 380 pozos horizontales y una planta central de tratamiento con capacidad proyectada de 70.000 barriles diarios de petróleo y 3,6 millones de metros cúbicos estándar diarios de gas natural, junto con oleoductos, gasoductos y obras para el manejo del agua.
La inversión proyectada se distribuye en tres etapas que suman USD 6.432 millones. La primera, entre noviembre de 2024 y febrero de 2027, contempla USD 1.635 millones para infraestructura y 16 pozos. La segunda, de marzo de 2027 a junio de 2029, prevé USD 1.268 millones para ampliar la planta y sumar 91 pozos. La tercera se extiende hasta 2054 e incluye USD 3.529 millones para los 273 pozos restantes y las instalaciones asociadas. Son montos previstos en el plan, no desembolsos que la resolución declare ya ejecutados.
Qué obligaciones de inversión debe cumplir
La fecha límite para acreditar el monto mínimo de inversión correspondiente a la categoría de exportación estratégica de largo plazo es el 31 de agosto de 2027. Además, durante el primer y segundo año contados desde la notificación, el vehículo deberá completar inversiones en activos computables iguales o superiores al 20% de ese mínimo.
Los considerandos indican que el monto mínimo exigido para esta categoría es de USD 2.000 millones. El solicitante declaró inversiones computables por aproximadamente USD 1.182 millones para el primer año y USD 578 millones para el segundo. Estos compromisos deben distinguirse de la inversión total proyectada para toda la vida del desarrollo.
La aprobación se encuadra en la Ley 27.742 y el Decreto 749/2024. La resolución también remite al Decreto 105/2026, que incorporó al sector de petróleo y gas del RIGI los nuevos desarrollos de hidrocarburos costa adentro.
Incentivos y controles previstos
La norma ordena a ARCA generar una CUIT especial con la sigla RIGI y aplicar los incentivos tributarios y aduaneros previstos para el proyecto. Asimismo, comunica la aprobación al BCRA para la aplicación de los incentivos cambiarios y aprueba el listado de mercaderías que podrá importarse bajo la franquicia del artículo 190 de la ley.
Ese listado se identifica mediante un documento administrativo citado en la resolución, pero no se reproduce en el aviso publicado. Por lo tanto, la aprobación no permite inferir que cualquier mercadería destinada al desarrollo quede automáticamente comprendida en la franquicia.
La Secretaría de Energía, o el área en la que delegue, tendrá a su cargo la fiscalización del cumplimiento del régimen. También se dispone la inscripción en el registro de proyectos de exportación estratégica y se acepta la manifestación de recurrir a los mecanismos de solución de controversias previstos por la ley.
La resolución aprueba un proyecto concreto y su plan de inversión: no crea un beneficio general para toda la actividad hidrocarburífera. El acceso a los incentivos queda vinculado al vehículo y al desarrollo admitidos, bajo las obligaciones y controles del RIGI.
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