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Ejecuciones fiscales y embargos: Economía extiende el plazo hasta junio de 2027 e incluye a MiPyMEs y pequeños contribuyentes

La Resolución 1899/2026 prorroga el tratamiento para entidades sin fines de lucro y salud y encomienda a ARCA suspender nuevas ejecuciones y medidas cautelares para MiPyMEs y pequeños contribuyentes.

Redacción BDC04/11/2026
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Ejecuciones fiscales y embargos: Economía extiende el plazo hasta junio de 2027 e incluye a MiPyMEs y pequeños contribuyentes

El Ministerio de Economía extendió hasta el 30 de junio de 2027 el plazo previsto para la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares aplicable a entidades sin fines de lucro y contribuyentes del sector salud. Además, encomendó a ARCA disponer la suspensión hasta esa misma fecha para las micro, pequeñas y medianas empresas y los pequeños contribuyentes.

La medida fue publicada el 4 de noviembre mediante la Resolución (ME) 1899/2026, que rige desde ese día. El alcance comprende el inicio de nuevas ejecuciones fiscales y la traba de medidas cautelares; no dispone una condonación de las deudas ni el levantamiento automático de embargos ya trabados.

Para las MiPyMEs, incluidos los Tramos 1 y 2, la resolución exige contar con Certificado MiPyME vigente a la fecha de su dictado: el 29 de octubre de 2026. En el caso de las personas humanas y sucesiones indivisas, la inclusión depende de que sean consideradas pequeños contribuyentes en los términos que determine ARCA.

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La resolución encomienda al organismo recaudador instrumentar esta suspensión. Por ello, la condición de pequeño contribuyente y los parámetros operativos de ese grupo quedan sujetos a lo que establezca ARCA; no se fija en esta norma un límite de ingresos ni una categoría de Monotributo para acceder.

Para las entidades sin fines de lucro y los contribuyentes del sector salud, se prorroga el plazo del artículo 1° de la Resolución (ME) 1445/2024. La registración de las entidades sin fines de lucro debe evaluarse al 29 de octubre de 2026, mientras que el encuadre del sector salud se mantiene sujeto a los parámetros previstos en ese régimen.

El vencimiento anterior estaba fijado en el 31 de diciembre de 2026 por la Resolución (ME) 1158/2026. La nueva disposición extiende ese horizonte por seis meses y agrega la encomienda específica para MiPyMEs y pequeños contribuyentes.

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