Las personas humanas y sucesiones indivisas podrán presentar la declaración jurada de Ganancias 2025 hasta el 30 de octubre de 2026. ARCA extendió el plazo que vencía el 13 de octubre, tanto para los responsables del régimen general como para quienes adhirieron al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.
La medida fue dispuesta por la Resolución General (ARCA) 5911/2026, publicada y vigente desde el 8 de octubre. La prórroga es para la presentación: el vencimiento de pago del saldo resultante permanece en el 27 de julio de 2026.
Qué fechas deben tenerse en cuenta
| Obligación o proceso | Fecha |
|---|---|
| Presentación de Ganancias 2025 — personas humanas y sucesiones indivisas | 30 de octubre de 2026 |
| Pago del saldo de Ganancias 2025 | 27 de julio de 2026, sin modificación |
| Caracterización sistémica como Pequeño Contribuyente | 16 de noviembre de 2026 |
A quiénes alcanza la prórroga
El plazo especial comprende a los sujetos incluidos en la RG 5692, su modificatoria y normas complementarias. La resolución menciona expresamente a los responsables del régimen general y a los adheridos al régimen simplificado de Ganancias.
Para instrumentar el cambio, ARCA sustituye el primer párrafo del artículo 1° de la RG 5851/2026. La nueva disposición no prorroga el pago ni extiende los plazos de Bienes Personales o del impuesto cedular.
Por qué se otorga más tiempo
En sus fundamentos, ARCA señala que la Ley 27.826, sancionada el 17 de septiembre de 2026, contiene previsiones que impactan en la liquidación de Ganancias del período fiscal 2025. La extensión busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes alcanzados.
El nuevo vencimiento se suma a las prórrogas anteriores. La RG 5898/2026 había llevado la presentación al 13 de octubre; ahora se desplaza al último viernes del mes, sin alterar la fecha de pago indicada en el cuadro de vencimientos.
Pequeños contribuyentes: la evaluación pasa al 16 de noviembre
La resolución también modifica el artículo 1° de la RG 5902/2026 y difiere del 23 de octubre al 16 de noviembre de 2026 la ejecución del proceso sistémico de caracterización como “Pequeño Contribuyente”.
Se trata de la clasificación prevista en el artículo 4°, inciso a), de la RG 5321, correspondiente al régimen permanente de facilidades de pago. No es una nueva fecha de presentación de Ganancias ni un vencimiento de cuotas: es la fecha en que el organismo realizará ese proceso de identificación.
La coordinación de ambas fechas responde a que la caracterización toma en cuenta información de las declaraciones juradas. Así, el proceso se realizará después del nuevo vencimiento de presentación de Ganancias 2025.



